Asignación de Matricula

Los Héroes pagará una ayuda económica al trabajador(a) y/o carga legal acreditada en Los Héroes, que curse estudios regulares durante el año 2021 en carreras de pregrado dictados por las siguientes instituciones de educación reconocidas por el Ministerio de Educación, con una duración igual o superior a 05 semestres:

  • Universitaria
  • Instituto Profesional
  • Centro de Formación Técnica
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  • Los requisitos para cada uno de los tipos de bonos de asignación de matrícula son los siguientes:

    Certificado de alumno(a) regular año 2022, emitido por la institución de educación que acredite la matricula en una carrera de pregrado con duración igual o superior a 05 semestres.
    Formulario de Solicitud y Pago de Prestación, firmado por el representante empresa autorizado y firma del trabajador(a).
    Cédula de identidad vigente del afiliado(a).

  • Los plazos para presentar requisitos de bonos de asignación de matrícula son los siguientes:

    a.- Carreras semestrales/bimestral/trimestral:

    Plazo primer semestre/bimestre/trimestre: 02 enero – 30 de junio 2022
    Plazo segundo semestre/bimestre/trimestre : 01 julio – 31 diciembre 2022

    b.- Carreras anuales:

    02 enero – 31 diciembre 2022

  • Los montos para cada uno de los bonos de asignación de matrícula son los siguientes:

    1.- ASIGNACIÓN DE MATRÍCULA UNIVERSIDAD

    Asignación matrícula Universitaria trabajador, monto: $22.000
    Asignación matrícula Universitaria carga legal, monto: $20.000

    2.- ASIGNACIÓN DE MATRÍCULA INSTITUTO PROFESIONAL

    Asignación matrícula Inst. Profesional trabajador, monto: $22.000
    Asignación matrícula Inst. Profesional carga legal, monto: $20.000

    3.- ASIGNACIÓN DE MATRÍCULA CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA

    Asignación matrícula CFT Trabajador, monto: $12.500
    Asignación matrícula CFT carga legal, monto: $10.000

    Si el plan de estudios es semestral, el beneficio se pagará en 02 cuotas cada una por el 50% del valor del beneficio anual según semestre.
    Si el plan de estudios es bimestral, el beneficio se pagará en 02 cuotas cada una por el 50% del valor del beneficio anual según bimestre (se considera como primera cuota los certificados de los 3 primeros bimestres de la carrera y la segunda cuota los últimos siguientes).
    Si el plan de estudios es Trimestral, el beneficio se pagará 02 cuotas cada una por el 50% del valor del beneficio anual según Trimestre (se considera como primera cuota los certificados de los 2 primeros trimestres de la carrera y la segunda cuota el último trimestre)
    Si el plan de estudios es anual el beneficio se podrá cobrar una única vez en el año.

  • 1.- Los beneficios y valores indicados corresponden al Programa de Prestaciones Adicionales aprobados para el año 2022 rigen desde el 02 enero a 31 diciembre del presente año. Siempre y cuando esta ultima fecha sea día hábil, en caso contrario, serán válidos hasta el último día hábil del año. Los beneficios del Programa de Prestaciones Adicionales se aprueban anualmente y podrán estar afectos a cambios o modificaciones conforme a lo dispuesto en el D.S. 94 de 1978 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social e instrucciones de la Superintendencia de Seguridad Social.

    2.- Los beneficios de asignación de matrícula se otorgaran sólo para carreras de pregrado, sean estas carreras técnicas, profesionales o universitarias dictadas por Instituciones de Educación Superior reconocidas por el MINEDUC. La duración mínima de la carrera deberá ser igual o superior a 5 semestres.

    3.- Los plazos de presentación de solicitudes de beneficios rigen de acuerdo al carácter curricular de cada carrera. Si el plan de estudios es anual el beneficio se cancela una única vez, si es semestral el beneficio se divide en 2 cuotas cada una por el 50% del valor del beneficio anual.
    Transcurrido cualquiera de los 2 plazos establecidos para presentar o cobrar la solicitud, se perderá el derecho al beneficio.

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